Con la puesta en marca de la Reforma Agraria, el ISTA realizó la adjudicación de los inmuebles expropiados, sin embargo, ésta debía materializarse mediante una escritura, pero al verificarse que el inmueble aun no contaba con el soporte técnico necesario para elaborar la misma, y ante la necesidad de los adjudicatarios de contar con un documento que lo acreditara como dueño del inmueble; se hizo necesario la emisión de las constancias de adjudicación de inmuebles, siempre que éste no se hubiese trasferido a través de Escritura Pública de compraventa, fue por ello que en la actualidad se emite esta clase de constancia.